La firma electrónica válida en toda la UE

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11/07/2016
FUENTE: AC-ABOGADOS.ES

A partir del 1 de julio de 2016 entra en vigor gran parte del Reglamento 910/2014, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE, sobre la firma electrónica, hasta ahora vigente.

Este Reglamento europeo supone un avance en la consecución del mercado único digital y facilita las transacciones electrónicas transfronterizas seguras en Europa, ya que garantiza que las personas y las empresas puedan usar sus propios sistemas de identificación electrónica nacionales en otros países de la UE.

Si bien todos los países de la UE, bajo el manto de la Directiva de 1999, disponen de similares marcos jurídicos en materia de firma electrónica, en la práctica se dificultaba la posibilidad de realizar transacciones electrónicas transfronterizas.

En la mayoría de los casos, los ciudadanos de un Estado miembro no podían utilizar su identificación electrónica para autenticarse en otro Estado miembro porque los sistemas nacionales de identificación electrónica en su país no eran reconocidos en otros Estados miembros.

Se trata, en definitiva, de eliminar las barreras existentes para el uso transfronterizo de los medios de identificación electrónica utilizados en los Estados miembros, gracias al reconocimiento recíproco de las identificaciones electrónicas nacionales y a unas normas comunes en esta materia.

La aplicación de las disposiciones del citado Reglamento será beneficiosa para particulares, empresas y administraciones públicas, ya que por ejemplo, permitirá a los estudiantes poder matricularse en una universidad extranjera de manera on line, sin necesidad de desplazarse; los ciudadanos podrán realizar más cómodamente gestiones diversas, ya sea una declaración fiscal, o constituir una empresa en un Estado Miembro.

El objetivo de estas reformas es alcanzar “Un mercado único digital para Europa”. A tal fin la Comisión Europea estableció 16 iniciativas para conseguirlo, las cuales pueden consultarse aquí.

A modo de ejemplo, con el objetivo de adaptarse a estos cambios, en fechas recientes, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda (FNMT–RCM) comenzó a expedir nuevos certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y solidarios, dejando de emitir los antiguos certificados.

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