Orden TFP/503/2019, de 22 de abril, por la que se crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública (BOE de 7 de mayo de 2019)
Artículo 1. Objeto, adscripción y ámbito de actuación.
- Se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública (en adelante, CMAD) como órgano colegiado para la coordinación interna de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información y Administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con la Secretaría General de Administración Digital.
- La CMAD se adscribe a la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.
- El ámbito de actuación de la CMAD se extenderá, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus organismos públicos, a todos los órganos del Departamento, y a los organismos públicos adscritos al mismo.
Artículo 2. Composición y estructura de la CMAD.
- La CMAD del Ministerio de Política Territorial y Función Pública se compone del Pleno y de la Comisión Permanente.
- El Pleno de la CMAD está compuesto por:
a) Presidente: La persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.
b) Vicepresidente primero: La persona titular de la Secretaría General de Administración Digital.
c) Vicepresidente segundo: La persona titular de la División de Tecnologías de la Información.
d) Vocales, con categoría mínima de Subdirector General o asimilado y designados por los titulares de los respectivos órganos:
- Un representante de la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.
- Un representante de la Secretaría de Estado de Política Territorial.
- Un representante de la Secretaría de Estado de Función Pública.
- Un representante del Comisionado del Gobierno Frente al Reto Demográfico.
- Un representante de la Secretaría General de Coordinación Territorial.
- Un representante de la Secretaría General de Administración Digital.
- Un representante del Instituto Nacional de Administración Pública.
- Un representante de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
e) Secretario: Un funcionario que preste servicios en la División de Tecnologías de la Información y que actuará con voz pero sin voto. (…)